HE RECIBIDO UNA CARTA DE LA AGENCIA TRIBUTARIA … ¡Y LA ENTIENDO!

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Aunque ya se ha pasado la noche de Halloween, os vamos a contar una historia de miedo, de mucho miedo, que pone los pelos de punta: 

¡Ding-dong!, suena el timbre y nos encontramos con el cartero que nos hace entrega de un sobre con el logotipo de la Agencia Tributaria. ¡Dios mío! Pensamos:  “Algo he hecho mal en mi última declaración de IRPF, ¡seguro!, pero si yo incluí todo lo que aparecía en el borrador, tal vez ha sido aquel gasto de formación que incluí en mi actividad económica …” Llega el momento de abrir el sobre y enfrentarnos al contenido del mismo, y nos encontramos con un documento que es del todo ininteligible.

No somos capaces de entender ni una sola palabra de lo que nos están diciendo. Y es que no sabemos si es que se trata de que hemos hecho las cosas bien, si por el contrario que las hemos hecho mal, si es que nos van a devolver el importe de la devolución, o si es que están solicitando algún tipo de información para poder resolver nuestro expediente.

Pues bien, parece ser que este tipo de pesadillas, no se van a volver a producir -no la de recibir cartas, si no la de entender su contenido- y es que la Agencia Tributaria ha hecho público que va a simplificar el lenguaje que utiliza en sus misivas para que todos nosotros -los contribuyentes- podamos entender el contenido de sus temidas cartas.

Y es que, en el marco del compromiso asumido en el Plan Estratégico 2020-2023 y tras muchos años de quejas a este respecto, la Agencia ha iniciado el proceso de simplificación del lenguaje que utiliza en las cartas que remite a los contribuyentes, para así, de esta manera facilitar la comprensión del lenguaje administrativo y por tanto facilitar el cumplimiento de lo requerido en dichas comunicaciones.

Parece ser que estas modificaciones afectarán a ocho modelos de carta utilizados de forma recurrente por la Administración tributaria y que se irán aplicando poco a poco en los próximos meses a los más de 3,7 millones de documentos que envía la Agencia al año.

Las modificaciones, pendientes todavía de implementar informáticamente,  afectan principalmente a los requerimientos de documentación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), las propuestas de liquidación y liquidaciones provisionales de este mismo impuesto, diligencias de embargo por deudas de terceros (de créditos y de salarios y pensiones) y las declaraciones en Aduana por importaciones de pequeño valor –principalmente compras por internet–, así como a los documentos de representación y de derechos y garantías del contribuyente que acompañan a algunos de estos documentos.

De esta manera, la simplificación del lenguaje utilizado vendrá dado por la combinación de varios elementos: por una parte, el acortamiento de la longitud de algunas cartas, la reducción de la sobrecarga de información y la diferenciación de la información relevante, pasando por el propio rediseño de la forma en que se muestra la información al ciudadano, y todo ello sin perder la corrección de los conceptos jurídicos utilizados.

El nuevo modelo de comunicaciones y notificaciones incluirá un nuevo resumen informativo con la información básica de cada documento siendo el contenido del mismo el siguiente:

  • Qué recibe el ciudadano, 
  • Por qué lo recibe, 
  • Qué debe hacer a partir de su recepción
  • Dónde puede obtener ayuda y resolver sus dudas.
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El cuerpo de los documentos y sus anexos también se han revisado, introduciendo un nuevo diseño con elementos gráficos que resaltan y diferencian los distintos apartados, y un tamaño de letra que facilita la lectura. De igual forma, se han revisado los elementos de redacción más complejos a favor de la concisión y la accesibilidad.

En algunos documentos esto ha llevado, a su vez, a una reducción del contenido global. A modo de ejemplo, la nueva diligencia de embargo de créditos pasa a tener 700 caracteres menos y las caras con contenido efectivo pasan de once a seis (concretamente, el anexo con la información a trasladar a la AEAT por parte del receptor de la carta pasa de siete caras a solo una).

De igual forma, el anexo de la diligencia de embargo de sueldos, salarios y pensiones pasa de tres caras a dos. Y en ambos casos se mejora la secuencia de contestación del contribuyente, los pasos a seguir, para dar respuesta a estas diligencias.

De manera complementaria a todas estas mejoras, está previsto que el receptor de los nuevos documentos tenga la posibilidad de obtener en determinados casos asistencia directa y personalizada de la Agencia Tributaria mediante un sistema de ayuda a través de las Administraciones de asistencia Digital Integral, las ADI, y ello en paralelo al constante desarrollo de asistentes virtuales e informadores que facilitan al contribuyente el cumplimiento de sus obligaciones y el ejercicio de sus derechos mediante explicaciones con un lenguaje más coloquial y cercano.

Parece ser que la Agencia Tributaria sigue avanzando en una estrategia de facilitación del cumplimiento tributario mediante un modelo en el cual a cada necesidad del contribuyente se asocian unos servicios de asistencia por parte de la Agencia, de forma que sea el ciudadano el que decida cómo quiere o necesita ser atendido, y preservando en todo momento también la atención presencial en las oficinas como eje fundamental del modelo de información y asistencia.

Aplaudimos esta nueva iniciativa de la Agencia Tributaria que esperemos no se quede en un simple desiderátum y la simplificación de su lenguaje sea efectivo, ya que ayudará no solo al contribuyente, sino también a los profesionales del sector, que aún teniendo la formación específica en materia jurídica, en ocasiones también nos quedamos perplejos para poder asimilar el contenido de dichas notificaciones.

No obstante, en caso de que el cartero llame a tu puerta portando una comunicación de la Agencia Tributaria y sigues sin entender lo que en ella te dicen a pesar de la simplificación del lenguaje del que nos han hecho partícipes, contacta con Bissé Asesores estaremos encantados de ayudarte.